Nuevo trámite obligatorio para el campo: Senasa fijó un plazo de 90 días
Senasa estableció un plazo de 90 días para actualizar el Renspa
El reempadronamiento será obligatorio para los productores cuya inscripción o última modificación tenga más de un año. El incumplimiento podrá derivar en bloqueos operativos y, posteriormente, en la baja del registro.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció el reempadronamiento obligatorio de los productores inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa).
La disposición fue oficializada mediante la Resolución 679/2026 y alcanza a quienes hayan cumplido más de un año desde su inscripción inicial o desde la última actualización de sus datos.
Los productores comprendidos por la medida tendrán un plazo de 90 días corridos para completar el trámite. En caso de no regularizar su situación dentro del período establecido, quedarán bloqueados para realizar operaciones durante otros 90 días corridos.
Si una vez transcurrido ese plazo la información continúa sin actualizarse, el Senasa podrá disponer la baja definitiva del registro. Esto impedirá que el titular desarrolle actividades agropecuarias que requieran, de manera directa o indirecta, la autorización, certificación o intervención del organismo.
Según se explicó oficialmente, la medida busca depurar las bases de datos que se encuentran desactualizadas y que dificultan las tareas de fiscalización sanitaria en todo el país.
El Renspa constituye una herramienta fundamental para garantizar la trazabilidad de la producción agropecuaria. Por ese motivo, el organismo busca contar con información confiable y vigente que permita mejorar la gestión sanitaria, planificar las acciones oficiales y facilitar la prestación de sus servicios.
La resolución contempla una excepción para los productores pecuarios que tengan bovinos o bubalinos en zonas donde se aplica la vacunación contra la fiebre aftosa. Estos quedarán exceptuados del trámite digital siempre que hayan actualizado sus datos mediante los registros de vacunación incorporados al Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).
El reempadronamiento podrá realizarse de dos maneras. La primera opción es mediante autogestión digital, ingresando al sistema Renspa con Clave Fiscal desde el sitio web de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
También podrá efectuarse de forma presencial en la oficina local del Senasa correspondiente a la jurisdicción en la que se encuentre ubicado el establecimiento rural.

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